top of page

¿ESTAMOS MEJOR?

El 18 de Junio de este 2022, se cumplieron 14 años de la reforma Constitucional en materia Penal y 6 años de su implementación de su fecha limite para que todas las entidades federativas la implementaran, como es sabido en algunos estados se implemento antes que en otros, por lo que después de estos 14 años, es momento para realizar una reflexión y saber si ¿ESTAMOS MEJOR?, en la actualidad o ¿ESTABAMOS MEJOR CUANDO ESTÁBAMOS PEOR?  

 

            Realmente creo que varios de los cambios que se han efectuado en el sistema de justicia penal en México con la reforma del 2008, han sido positivos, pero desafortunadamente, también parece que en algunos aspectos hemos retrocedido y por ello creo que en estos aspectos en particular ESTABAMOS MEJOR CUANDO ESTÁBAMOS PEOR, no soy un detractor del sistema acusatorio ni pugno por regresar al sistema inquisitivo, pero si considero que tenemos que trabajar por que este sistema acusatorio, sea un sistema en donde se aplique una verdadera justicia un sistema en donde se cumpla a cabalidad los principios constitucionales y el objeto del proceso penal: “El proceso penal tendrá por objeto el esclarecimiento de los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune y que los daños causados por el delito se reparen” Por que la realidad es que pareciera que el objeto del proceso penal fuera que lo que menos importara.

 

            En este aspecto quiero hacer algunos comentarios y reflexiones, porque en la práctica he observado que en algunas actuaciones de jueces de control y de enjuiciamiento al momento de dictar el auto de vinculación a proceso o resolver la sentencia, pareciera que fueran encaminadas a destruir la función de la defensa o por lo menos dejarlas incapacitadas para desarrollar y defender adecuadamente al cliente, subsanando los errores del Ministerio Público, “supliendo los errores ministeriales (Circunstancia que no tiene bases legales).

            Esto lo digo por el fenómeno que se está suscitando en algunos juzgados o Tribunales, la solicitud de vinculaciones a procesos, acusaciones y sentencias sin que se establezca el día y la hora que, a decir del Ministerio Público, se cometió el delito, ¡SI! los Ministerio Públicos están judicializando las carpetas sin definir la fecha, de cuándo supuestamente se cometido el delito, y los jueces de control están vinculando, graso error.

            Antes de entra a analizar el porque me refiero como antes lo hice, quiero decir que es de conocimiento de todo abogado defensor en materia penal, la obligación que existe por parte del que acusa (Que en la mayoría de los casos es el Ministerio Público), y por ende obligación de probar por parte del fiscal LAS CIRCUSNTANCIAS ESPECIFICAS de “LUGAR, TIEMPO, MODO Y OCASIÓN” del delito, ósea es obligación o por lo menos debe ser obligación del Ministerio público acreditar:

  • LUGAR. - El lugar en donde se cometió el delito.

  • TIEMPO. – La fecha, hora, el momento en que se cometió ese delito.

  • MODO. – Se refiera a la forma o manera en que se realizo la acción, el delito.

  • OCASIÓN. - Oportunidad o coyuntura favorable para la acción, en el enfoque del agente, y sin valorar la acción o maldad del acto. En lo penal, integra un grupo de agravantes el proceder con ocasión de estrago, como aprovechando un incendio, naufragio u otra calamidad o desgracia. 

 

Así también dentro de la investigación científica de la Criminalística, se plantean las 7 preguntas de oro:

  • ¿Qué? ¿Qué sucedió? ...

  • ¿Quién o quiénes? ¿Quién es la víctima y quién el victimario? ...

  • ¿Cómo? Los investigadores han de llegar a conocer la manera en que se cometió el delito, si lo hubo. ...

  • ¿Cuándo? ...La fecha y hora que sucedieron los hechos.

  • ¿Dónde? ...El lugar

  • ¿Con qué? ...Si se utilizó un arma.

  • ¿Por qué?... Motivos, causas y circunstancias que llevaron a realizar el hecho.

En donde también observamos que el perito en Criminalística tiene que demostrar científicamente cuando sucedieron los hechos.

La situación problemática no es que el Ministerio Público, pretenda judicializar, solicitar auto de vinculación, acusar o pedir la imposición de una pena, cuando aun no tenga definido cuando se realizo el hecho delictivo, lo mas grave y realmente aberrante, son los jueces que se encuentran subyugados a la fiscalía (Porque quiero pensar que no se hace por desconocimiento, ya que sería doblemente aberrante que jueces sin los conocimientos necesarios se encontrasen en los tribunales resolviendo sobre la libertad de un ciudadano) vinculen, sentencien condenatoriamente, a los imputados y acusados.

Distintos e importantes avances se han suscitado en nuestro sistema de justicias penal, con la implementación del sistema acusatorio, pero estos se empequeñecen ante el retroceso que el sistema a tenido, bueno para mejor decirlo, no es el sistema el que se encuentra erróneo, el que ha retrocedido, el que está violentando el debido proceso de los justiciables, si no que por des-fortuna son los operadores, los jueces (Y no solo locales, si no también federales) Ministerios Públicos, policías, peritos, defensores sociales, asesores jurídicos y porque decirlo también abogados particulares, quienes hemos MEXICANIZADO EL SISTEMA, lo hemos hecho malo, erróneo, lo hemos hecho CORRUPTO, se le ha dado la vuelta, con la finalidad, en donde como en el sistema tradicional, la máxima es la violación del debido proceso y de los derechos humanos.

Pero parece que esto es lo único que se acomoda a diversos sectores, desde los políticos, juirdicos incluso a algún sector de la sociedad, parece que siempre va convenir mas un JUEZ CORRUPTO, ya que “con ese trabajo” que jueces que realmente trabajen y apliquen justicia.

La comunidad de abogados y jurídica debe ser la primera en exigir, levantar la voz pidiendo, JUSTICIA, DEBIDO PROCESO y si no se puede desaparecer, pues por lo menos que se apliquen medidas para reducir la CORRUPCION, EN MEXICO Y CADA UNA DE SUS ENTIDADES FEDERATIVAS.

Por lo que creo que realmente NO ESTAMOS MEJOR, CON ESTE SISTEMA DE JUSTICIA PENAL EN MEXICO.

 

 

IMG-20211127-WA0103.jpg
Iván Robles negro.png
bottom of page